jueves, 14 de junio de 2012

Tolerancia cero con los conductores que consuman drogas al volante


§  Estos nuevos controles de drogas se efectuarán en todo tipo de vías, días y horas

§  La conducción tras el consumo de drogas incrementa entre                2 y 7 veces la probabilidad de provocar o sufrir un accidente

§  El 15% de los conductores fallecidos en accidente de tráfico lo hacía tras haber consumido algún tipo de droga

§  Si ningún conductor circulara tras consumir alguna sustancia estupefaciente, se evitaría la muerte de 480 personas cada año


14 de junio de 2012. El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz,               ha presentado una de las principales líneas de la estrategia sobre conducción y drogas que el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico (DGT), pondrá en marcha en las próximas semanas.

El objetivo de esta nueva campaña es reducir los accidentes en carretera provocados por el consumo de sustancias estupefacientes de los conductores. Tolerancia Cero ante el consumo de drogas al volante.

La idea es impulsar un programa de detección de la conducción bajo los efectos de las drogas -similares a los controles de alcohol que realizan los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en las carreteras- con el fin de generalizarlos y crear una mayor conciencia entre los conductores de que conducir tras el consumo y bajo los efectos de las drogas, no sólo afecta a las capacidades del conductor sino que incrementa entre 2 y 7 veces la probabilidad de provocar o sufrir un accidente de tráfico respecto a quienes no consumen ninguna sustancia (Proyecto DRUID y DGT).


El proyecto europeo DRUID (Driving Under the Influence of Drugs, Alcohol and Medicines) integrado, promovido y cofinanciado por la Comisión Europea y en el que han participado 19 países y Noruega finaliza, entre otras conclusiones, que en España la prevalencia de consumo de droga disminuye a medida que aumenta la edad de los conductores, que es más frecuente el consumo en hombres que en mujeres, en vías urbanas y durante la madrugada, tanto en fin de semana como en días laborales.

Si ningún conductor circulara tras haber consumido drogas, se podrían evitar la muerte de al menos 480 personas cada año. Por todo ello, Tolerancia Cero con los conductores que consuman drogas cuando se ponen al volante, por su seguridad y la del resto de los conductores que circulan por las distintas vías.

El consumo de todo tipo de drogas como el cannabis, la cocaína, el éxtasis, las anfetaminas o los opiáceos provocan en el conductor dificultad en la coordinación, distorsión de la atención, pérdida de tiempo de reacción, somnolencia, agresividad en la conducción, pérdida de control y velocidad excesiva.

Consumo de drogas y conducción

España es uno de los primeros consumidores de cocaína y de cannabis del mundo con el 4% y 10% respectivamente de prevalencia de consumo entre la población en general. Según los controles aleatorios realizados, el 19,4 % de los conductores circulaban tras haber consumido drogas. Unos datos que reflejan una tendencia creciente de conductores fallecidos en los últimos ocho años con los que hay que establecer medidas de inmediato. (Ver gráfico 1)


Presencia de drogas en conductores aleatoriamente seleccionados (Fuente: DRUID)


Según el Informe 2011 del Instituto Nacional de Toxicología, el 15% de los conductores fallecidos en accidente de tráfico circulaban tras haber consumido drogas. Además, un 7% de los conductores fallecidos consumieron alcohol y drogas simultáneamente, lo que demuestra que el consumo de drogas entre los conductores es frecuente y que el riesgo de sufrir un accidente es elevado.

¿Qué se pretende hacer con este programa?

Desde el Ministerio del Interior se pretende que la única actitud posible frente a las drogas y la conducción sea la Tolerancia Cero. Para ello:

·        Se aumentará la sensibilización de toda la sociedad en torno a este problema.

·        Se informará a los conductores del riesgo del  consumo de drogas, sin olvidar también el riesgo que supone el consumo de alcohol. Es preciso recordar que el consumo mínimo de alcohol junto a drogas supone grandes deterioros en la capacidad de conducir.



·        Se generalizarán los controles de drogas y de alcohol más drogas en todo tipo de vías, días y horas.

·        Se colaborará con otras administraciones en materia legislativa, educativa y formativa en relación con las drogas y la conducción de vehículos.

·        Se impulsará la investigación aplicada en materia de drogas y seguridad vial.

¿Cómo se realizan los controles de drogas en las carreteras?

La última reforma del Código Penal (Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio) modificó la Ley de Enjuiciamiento Criminal e introdujo la saliva como muestra biológica con la que realizar la prueba de determinación de sustancias en conductores, otorgando a los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil plena autoridad para la realización de las pruebas y determinó su obligatoriedad para los conductores.

Cuando los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ordenen la detención de un vehículo para que su conductor se preste a la realización de un control de drogas, le informarán de la obligatoriedad de someterse a esta prueba.

Tomarán una prueba de saliva que se introducirá en un dispositivo que analizará esta muestra. En caso de que el resultado sea positivo, se obtendrá una segunda muestra de confirmación que se enviará directamente al laboratorio para su posterior análisis, sin perjuicio de que el conductor pueda solicitar una prueba de contraste en sangre.

Legislación vigente en materia de seguridad vial

El Código Penal, en su artículo 379.2, establece penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o bien la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta 4 años.



El artículo 383 del Código Penal, establece que aquel conductor que se niegue a someterse a estos controles de alcohol y drogas, será castigado con penas de prisión de 6 meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores a motor por tiempo superior a uno año y hasta 4 años.

El artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción tras el consumo de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia ilegal de efectos análogos.

La sanción prevista para este tipo de infracciones muy graves es de  multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del permiso de conducir.

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